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La
demanda de confort unida al aumento de la edad media de la población,
con el consiguiente problema de movilidad para las personas, ha sensibilizado
a las administraciones públicas, que han abierto líneas
de subvención a las comunidades de propietarios que afronten la
instalación de ascensor, cuando carecen de él.
Son múltiples y diversas según el organismo que los concede,
llegando incluso al 70 % como se ha anunciado recientemente en la Comunidad
Autónoma de Madrid. Esta diversidad y la frecuente modificación
de los requisitos exigidos, hace que esta descripción haya que
solicitarla en el momento, por eso la mejor información es la que
le aportarán nuestro técnicos comerciales, que con su contacto
diario en las Administraciones Públicas tienen la mas actualizada.
Como característica general, diremos que se suele solicitar la
Identidad y situación patrimonial del solicitante, así como
el proyecto de las obras y un presupuesto detallado de las mismas.
Otro factor a tener en cuenta es que frecuentemente, los Organismos exigen
al el edificio en cuestión, la puesta al día de todas las
instalaciones comunes impuestas por las últimas Ordenanzas (ITE),
como Instalaciones contra-incendios o cuartos de contadores.
En general los tramites son farragosos y lo que es peor alargan de forma
imprevisible el comienzo de las obras. Por eso en LeVeL, le ofrecemos
un eficaz asesoramiento, para llevar a buen puerto sus tramites en el
menor tiempo posible y de la forma mas económica.
Al mismo tiempo, le ofrecemos información sobre los productos bancarios
mas interesantes, que le permitan a la Comunidad de Propietarios financiar
la instalación del ascensor, por una mínima cuota mensual.
Esta solución aporta además una gran simplificación
de los trámites y lo que es mas importante reducir el tiempo de
comienzo de las obras.
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